¿Qué tramites hay que realizar para vender un piso heredado en Sevilla? ¿Cuánto me va a costar todo el proceso? Estas son algunas de las preguntas que más escuchamos diariamente en nuestra agencia inmobiliaria, unas preguntas a las que hoy vamos a intentar dar respuesta.

La trágica situación desencadena por el Covid-19 está provocando un aumento considerado en el número de viviendas heredadas. Ante tal inesperada situación, muchos propietarios optan por la venta como una de las opciones más rápidas para intentar sacar rentabilidad de la propiedad y evitar los costes que implica el mantenimiento de una nueva vivienda en propiedad (comunidad de vecinos, IBI, derramas, suministros).

Sin embargo, cuando el momento de la verdad llega, no todas las personas saben cómo gestionar la situación y desconocen el procedimiento que deben llevar a cabo para poder poner la vivienda heredada a su nombre y proceder con su venta.

En Vivenzia Home nos encargamos de tramitar toda la documentación necesaria para poner a la venta una vivienda heredada y calcular los gastos totales que deberán asumir los clientes que nos confían la venta de su inmueble. Si necesitas vender una vivienda heredada en Sevilla y quieres saber lo que te tocará pagar, ponerte en contacto con nosotros sin compromiso.

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Igualmente, a continuación te explicamos las gestiones que debes realizar para poner una vivienda heredada a tu nombre y proceder con su venta:

1. Aceptación de la herencia

El primer paso para que aparezcamos como propietarios del inmueble en el Registro de la Propiedad es firmar la Escritura de Aceptación de la Herencia. A continuación te vamos a detallar todos esos documentos:

  • Certificado de defunción
  • El registro de últimas voluntades: Este es el documento que nos va a indicar si el fallecido ha dejado testamento o no.

En el caso de que haya dejado testamento, tendríamos que ir al notario donde se realizó dicho trámite. Si vamos a la notaría y el testamento ya no se encuentra porque es muy antiguo y ya no lo guardan allí, tendremos que acudir al Colegio de Notarios y solicitarlo. Una vez nos den el testamento, ya podemos firmar la Escritura de Aceptación de Herencia.

En el caso de que el fallecido no haya dejado testamento, tendríamos que firmar una Declaración de Herederos. Para ello, es necesario presentar dos testigos en notaría que confirmen que somos herederos del fallecido además de presentar el libro de familia. Acto seguido, se puede proceder a la Escritura de Aceptación de la Herencia.

En este caso hay una peculiaridad, y es que hay que esperar 30 días para que nos den el Acta de Notoriedad donde se acredita la condición de la herencia.

2. Pago del Impuesto de Sucesiones

Una vez aceptada la herencia, el siguiente paso para vender un piso heredado en Sevilla es proceder con el pago del Impuesto de Sucesiones, una tasa dependiente, en este caso, de la Junta de Andalucía.

En nuestro post Cómo calcular el Impuesto de Sucesiones en Sevilla te explicábamos cómo calcular esta tasa atendiendo a las distintas reducciones existentes para la base imponible en función del grado de parentesco, el patrimonio preexistente de la persona fallecida y otras situaciones excepcionales reconocidas en la normativa.

También puedes descargar la Guía Práctica del Impuesto sobre Sucesiones de la Agencia Tributaria de Andalucía para tener acceso a la información completa sobre este impuesto.

 

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3. Pago de la Plusvalía Municipal

Además del Impuesto de Sucesiones en Sevilla, otro pago al que también tendrás que hacer frente para poder poner a tu nombre una vivienda heredada es la Plusvalía Municipal. Este impuesto ha de abonarse siempre que se transfiera una vivienda de un propietario a otro, por lo que las herencias no iban a estar libre de ello.

En nuestro artículo Cómo calcular la Plusvalía Municipal en Sevilla te explicamos cómo calcular este impuesto paso a paso, pero también puedes hacer el cálculo de manera automática descargando nuestra calculadora de Plusvalía Municipal en Sevilla.

 

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4. Inscripción en el Registro de la Propiedad

Una vez aceptada la herencia y pagados los impuestos pertinentes, ya estarás en predisposición de inscribir la vivienda a tu nombre en el Registro de la Propiedad.

Además de los documentos que justifiquen el pago de los impuestos, en el Registro de la Propiedad también tendrás que presentar el Certificado de defunción que certifique la muerte del testador, el Certificado del Registro de Actos de Última Voluntad que establece la existencia o no de un testamento previo y, por supuesto, el Testamento original o en su defecto la Declaración de herederos junto al Acta de Notoriedad.

5. Gastos de venta

Ahora que ya has conseguido poner la vivienda a tu nombre, el siguiente paso será proceder con su venta. Para ello, tendrás que hacer frente al resto de gastos e impuestos que implican una compraventa habitual. Nos estaríamos refiriendo a:

  • Certificado de Eficiencia Energética
  • Escritura notarial de la venta en el caso que los gastos sean con arreglo a la ley.
  • Cancelación Hipotecaria (si la hubiera)
  • Pago del último recibo del IBI
  • Ganancia Patrimonial (para comprobar si tienes que abonarla, puedes consultar nuestro artículo Cómo calcular la ganancia patrimonial en Sevilla)
  • Plusvalía Municipal (si vendes durante el primer año de haber recibido tu piso en herencia, no tendrás que asumirla dos veces).

Gestionar la venta de un piso heredado no es tarea sencilla. Son muchos los trámites a realizar que pueden poner en riesgo la venta si no se realizan correctamente. Como te comentábamos al principio, en Vivenzia Home gestionamos las herencias de todos los clientes que nos confían la venta de su propiedad sin coste adicional.

¿Necesitas vender un piso heredado en Sevilla y quieres saber cuánto te va a costar? En Vivenzia Home podemos guiarte de forma personalizada y sin compromiso:

 

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