Te contamos los cambios que ha introducido el Covid-19 en el contrato de arras en Sevilla y te explicamos cómo solucionar los posibles conflictos que pudieran surgir a raíz de este documento.

El Covid-19 ha tenido una clara incidencia en el mercado de la vivienda en Sevilla. Además de aumentar la oferta de la vivienda en alquiler y modificar la tipología de propiedad más demandada para dar preferencia a inmuebles con salidas al exterior, el Covid-19 también ha producido cambios sustanciales en los contratos de arras en Sevilla.

En nuestro informe de precios en Sevilla 2020 podéis conocer cómo ha evolucionado el precio de la vivienda en Sevilla a lo largo de los últimos meses.

Informe vivienda Sevilla

No obstante, y para seguir ahondando en los cambios producidos por la pandemia en el mercado de la vivienda en Sevilla, a continuación vamos a hacer un análisis de cómo está afectando la situación actual a la redacción de contratos de arras en Sevilla.

Plazos más amplios en los contratos de arras en Sevilla

Uno de los cambios más significativos en los contratos de arras en Sevilla ha sido la ampliación de la franja de tiempo que se deja entre la firma de las arras y la firma de las Escrituras.

A pesar de que la finalización del Estado de Alarma parece haber eliminado, por lo menos momentáneamente, buena parte de las restricciones de movimiento, el retraso en las gestiones administrativas y el miedo a una posible cuarentena está haciendo aumentar los plazos reflejados en los contratos de arras.

Si antes lo habitual era conceder un plazo entre los 20 o 40 días entre la firma de las arras y las escrituras, hoy en día podemos encontrar contratos con plazos que alcanzan hasta los 90 días.

Ampliando este periodo nos aseguramos poder contar con toda la documentación en regla el día de la firma ante Notario además de poder otorgar unos días de plazo extra por si, debido a una posible cuarentena, nos resulta imposible presenciarnos a nuestra cita.

Cláusula Covid en los contratos de arras en Sevilla

La cláusula Covid ya era algo que empezábamos a introducir en nuestra inmobiliaria en algunos de nuestros contratos de alquiler firmados durante la pandemia. Ahora, la cláusula Covid también es habitual en los contratos de arras para compraventa de viviendas.

La cláusula Covid permite al nuevo comprador ampliar el plazo para formalizar la operación después de la fecha establecida sin penalización alguna en caso de que se den supuestos que impidan hacerla efectiva.

Para incluir la cláusula Covid en vuestros contratos de alquiler o compraventa, podéis consultar en nuestra agencia.

Firmas online de los contratos de arras en Sevilla

Una tecnología que se ha intensificado con la pandemia, es sin duda la firma digital de documentos. Gracias a ella, los implicados en una compraventa pueden firmar cómodamente desde sus respectivos domicilios sin necesidad de realizar ningún desplazamiento.

De esta manera, no solo evitamos reunirnos en espacios cerrados con personas de distintos grupos de convivencia para proceder con la firma física, sino que también nos aseguramos el poder formalizar nuestras arras incluso si las restricciones de movimiento o una posible cuarentena nos lo impiden.

firmas digitales contrato de arras

Conflicto en los contratos de arras en Sevilla

Uno de los miedos más habituales de los vendedores de viviendas en Sevilla tras el Covid consiste en que el comprador se eche para atrás en la operación una vez firmadas las arras. Cuando esto ocurre, el vendedor no puede vender su vivienda a otro comprador hasta que la situación no quede solucionada, algo que, conociendo los retrasos actuales en los procedimientos judiciales, puede prolongarse durante meses.

Para solucionar de forma más rápida y efectiva estos conflictos, todas las operaciones inmobiliarias gestionadas por Vivenzia Home están adheridas a Arbitraje Notarial. Esta adhesión, permite resolver cualquier tipo de problema transcurrido durante la compraventa en un plazo máximo de un mes y sin tener que asumir los altos costes de abogados y procuradores.

 

*El contrato de arras es un contrato privado completamente vinculante que deja constancia de la intención real de cada una de las partes por terminar cerrando la transacción y las condiciones en las que esta vaya a realizarse. Dada la importancia de este documento dentro del proceso de compraventa, desde Vivenzia Home recomendamos siempre que este documento sea supervisado por profesionales inmobiliarios.

De esta manera, nos aseguramos adecuar el contrato de arras a las circunstancias reales de cada persona y poder llevar a cabo una operación inmobiliaria de manera segura y sin sustos imprevistos.

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