La cláusula Covid en los pisos de estudiantes en Sevilla, permite reducir la renta mensual a abonar en caso de que las clases se suspendan de manera temporal y cancelar el contrato sin penalización en caso de que el curso lectivo se cierre de manera permanente.

Esta ‘vuelta al cole’ no será como la de otros años. El miedo a otro Estado de Alarma que haga suspender de nuevo las clases, pone en jaque a los contratos de alquiler de los pisos de estudiantes. Esta problemática la vivimos muy de cerca en Vivenzia Home, ya que una de nuestras oficinas se encuentra en una de las zonas preferidas por los estudiantes para buscar alojamiento: el barrio de Nervión.

Para intentar aportar seguridad jurídica a ambas partes de la transacción: arrendadores y estudiantes, desde nuestra inmobiliaria estamos ofreciendo la posibilidad de incorporar en todos los contratos de alquiler gestionados por nosotros, la famosa cláusula Covid.

Aunque todavía no hay nada oficial legislado al respecto, ya son muchos los arrendadores y arrendatarios que han decidido incluir esta cláusula de manera voluntaria en sus contratos de alquiler para evitar llegar a situaciones similares a las vividas durante el curso pasado.

Pero, ¿qué dice la cláusula Covid y cómo podemos incluirla en nuestros contratos de alquiler? Desde Vivenzia Home, estamos abarcando dos supuestos que pueden darse durante el próximo curso y que pueden afectar de manera directa a la relación de los estudiantes con sus respectivos pisos de alquiler:

Suspensión temporal de las clases

Uno de los supuestos que contemplan nuestros contratos de alquiler, hace referencia a la suspensión temporal de las clases debido a un nuevo Estado de Alarma (o una situación similar) ordenado por el Gobierno o la Administración territorial que corresponda en el lugar en el que se ubique el inmueble objeto de arrendamiento. 

De llegar a producirse esta situación: 

Arrendador y arrendatario podrán convenir una novación en su contrato de alquiler para reducir el importe a satisfacer por la parte arrendataria en concepto de renta mensual. 

Este nuevo importe deberá quedar reflejado previamente en el contrato y será satisfecho en idénticos plazos y forma a cómo se venía satisfaciendo hasta el momento.

Dicha renta será aplicable durante los meses íntegros en los que tenga lugar el Estado de Alarma. En los meses en los que el Estado de Alarma tenga lugar de manera parcial, se aplicará la cantidad proporcional en función de los días afectados.

Una vez finalizada la situación excepcional ordenada por la Administración, volverá a ser de aplicación la renta en vigor con anterioridad a dicho a Estado de Alarma o análogo.

Suspensión definitiva de las clases

Por otro lado, si el curso lectivo se cierra de manera definitiva, la cláusula Covid estipula lo siguiente:

Los estudiantes podrán desistir de su contrato de alquiler sin obligación alguna de tener que indemnizar al arrendador de la vivienda. 

Esto es así, ya que la parte arrendataria tiene la cualidad de estudiante, por lo que en el momento en el que la vivienda deje de satisfacer la necesidad habitacional por la que fue alquilada, el estudiante podrá rescindir de su contrato de alquiler sin penalizaciones.

De producirse la cancelación del contrato, el estudiante deberá desalojar la vivienda y entregarla completamente vacía de enseres personales y en óptimas condiciones de limpieza dentro del plazo de una semana desde que se conozca la situación de cierre definitivo del curso lectivo. 

Si no existieran daños en la vivienda, el arrendador deberá reintegrar al estudiante la fianza que se le fue entregada en el momento de producirse la formalización del contrato.

*¡Atención! Como ya hemos mencionado anteriormente, la cláusula Covid es algo opcional que deberá acordarse entre ambas partes de la transacción. Dado que el contrato de alquiler se trata de un contrato privado, arrendador y arrendatario podrán modificar dichas cláusulas a su antojo siempre que se enmarquen dentro de la normativa vigente.

Antecedentes

La cláusula Covid para los pisos de estudiantes pretende poner solución a la problemática vivida durante el curso pasado. Después del anunciamiento en el mes de marzo del Estado de Alarma por parte del Gobierno, miles de estudiantes decidieron abandonar su alojamiento temporal para volver a su residencia habitual junto a sus padres.

Dado que el estado de Alarma se alargó hasta finalizar el curso lectivo, los estudiantes no tuvieron oportunidad de recoger del piso de alquiler sus enseres personales, imposibilitando poder dar por concluido el contrato de alquiler para que el arrendador pueda volver a alquilar la vivienda a nuevos inquilinos.

Nervión, el barrio preferido por los estudiantes

Nervión es, junto con el entorno de Reina Mercedes y la Macarena, el barrio preferido por los estudiantes para alquilar vivienda. Los numerosos centros universitarios repartidos por el distrito, sus buenas comunicaciones y su amplia oferta de ocio y restauración, hacen que muchos estudiantes elijan el barrio de Nervión para asentar su residencia durante el curso lectivo.

Según Miguel Trujillo, presidente de la asociación Alianza Sevilla a la que pertenece nuestra inmobiliaria, los pisos de estudiantes más demandados se corresponden con viviendas de tres dormitorios y un baño, una tipología que en la zona mencionada ronda los 700 y 750 euros.

 

*Si eres propietario de un piso de estudiantes o eres universitario y estás buscando un inmueble en el que alojarte durante este curso, nuestra recomendación es que busques una agencia inmobiliaria que te ayude a gestionar la transacción. Este curso se presenta como uno de los más atípicos de los últimos años, por lo que es más recomendable que nunca contar con las garantías que ofrece una buena agencia inmobiliaria.