Qué impuestos se pagan a Hacienda y cuáles no por la venta de un piso en Sevilla: tributación de una vivienda en el IRPF.

Durante 2021 se registraron en Andalucía 118.972 operaciones de compraventa según datos del Instituto Nacional de Estadística, posicionándose de esta manera como la comunidad autónoma líder en cuanto a venta de viviendas se refiere.

De todas estas transacciones, no solo los compradores se han visto obligados a realizar un importante desembolso económico. Los vendedores, por su parte, también han tenido que hacer frente a los gastos que conlleva la venta de una propiedad.

Uno de estos gastos es el Impuesto sobre la Renta de Personas Físicas (IRPF), un impuesto que corresponde cobrar a la Agencia Tributaria y que se calcula en función de las ganancias patrimoniales obtenidas, vengan de donde vengan: venta de una vivienda, alquiler…

Hacienda cobrará ese dinero en la siguiente campaña de la Declaración de la Renta y su importe variará en función de los beneficios que se haya obtenido el contribuyente el año anterior

¿Cómo calcular la ganancia patrimonial por la venta de un piso en Sevilla?

Para calcular la ganancia patrimonial que vamos a obtener de la venta de un piso en Sevilla:

  1. Calculamos el valor de la transmisión, es decir, la cantidad real que le queda al vendedor tras la venta de su inmueble. Esta cifra se calcula restando al importe de la venta, los gastos y tributos de la operación.
  2. Calculamos el valor de la adquisición, es decir, la cantidad que el vendedor pagó en su día por la vivienda que ahora está vendiendo y que se corresponde con el precio de compra más la suma de los tributos y aquellos gastos generados por la operación menos los beneficios fiscales y amortizaciones que haya podido disfrutar.
  3. Si el valor de transmisión es superior al valor de adquisición Hacienda considerará que el vendedor ha obtenido una ganancia patrimonial, por lo que deberá tributar por ellos aplicando el tramo de IRPF que corresponda en función de la ganancia obtenida.

*Para calcular la ganancia patrimonial que has obtenido de la venta de tu inmueble puedes hacer uso de nuestra calculadora de ganancia patrimonial, una plantilla Excel con la que calcular de manera automática la ganancia patrimonial obtenida de una venta.

Calculadora ganancia patrimoial

Tramos de IRPF a aplicar a las ganancias patrimoniales

  • 19% sobre los primeros 6.000 euros de ganancia.
  • 21% entre 6.000 a 50.000 euros de ganancia.
  • 23% entre 50.000 y 200.000 euros de ganancia.
  • 26% sobre más de 200.000 euros de ganancia.

¿Cuándo una ganancia patrimonial queda exenta?

En algunos casos, la ganancia patrimonial obtenida por la venta de un piso en Sevilla queda exenta. Nos estamos refiriendo específicamente a las siguientes situaciones:

  • Si la ganancia patrimonial obtenida se invierte en la compra de una vivienda habitual.
  • Si la venta se realiza sobre una vivienda habitual y el vendedor tiene más de 65 años.
  • Si la ganancia patrimonial se destina a renta vitalicia y el vendedor tiene más de 65 años.
  • En casos de dación en pago.

Impuestos que no se declaran a Hacienda

Sin embargo, no todos los impuestos que intervienen en la venta de un piso en Sevilla se declaran a Hacienda. Nos estamos refiriendo a:

Plusvalía Municipal

Se trata de un impuesto municipal que grava el incremento de valor de los terrenos de naturaleza urbana durante el tiempo en el que se tiene en propiedad. Este impuesto hay que pagarlo al Ayuntamiento donde se ubique el inmueble cuando se vende, hereda o dona dicho terreno.

La cantidad que debamos pagar en concepto de Plusvalía Municipal dependerá de la ganancia patrimonial obtenida (si no hay ganancia no hay que pagar nada) y de los años transcurridos entre la fecha de adquisición de la propiedad y su fecha de transmisión. En nuestro post Cómo calcular la Plusvalía Municipal en Sevilla te explicamos cómo calcular este impuesto tras los nuevos cambios normativos.

No obstante, si lo que necesitas es calcular lo que tendrás que pagar por la Plusvalía Municipal de tu vivienda en Sevilla, puedes hacerlo de manera automática descargando nuestra calculadora de Plusvalía Municipal.

Descargar calculadora Plusvalía

Impuesto de Bienes Inmuebles

Se trata de un impuesto anual que deben pagar los propietarios de cualquier inmueble independientemente de que vayan a proceder o no con su venta. En casos de compraventa, el vendedor deberá abonar la parte proporcional al tiempo que ha sido poseedor de la vivienda.

Con carácter general, el tipo impositivo aplicable a los bienes inmuebles de naturaleza urbana en Sevilla se sitúa en el 0,6758% sobre el valor catastral.

 

*La venta de un piso en Sevilla no termina con la firma en Notaría. Tras la entrega de llaves, son muchas las gestiones que tienen que afrontar los que en su día fueron propietarios de la propiedad. En Vivenzia Home nos comprometemos a gestionar tu operación de principio a fin incluidas todas las gestiones postventa como la liquidación de impuestos y la tributación de la transacción en la Declaración de la Renta.

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