Conoce cuánto pagarás por el IBI de una vivienda en Sevilla y las bonificaciones a las que podrás acceder para ver aminorada la cantidad a desembolsar.

En una compraventa inmobiliaria, hay una serie de impuestos que conviene conocer para hacernos una idea de lo que finalmente acabaremos pagando por la compra o venta de nuestra propiedad. Nos estamos refiriendo a:

Sin embargo, también existen otra serie de impuestos y tasas inherentes a la vivienda que conviene tener en cuenta ya que de ellos dependerá que acabemos pagando más o menos por nuestra transacción.

Uno de estos impuestos es el IBI (Impuesto sobre Bienes Inmuebles), también conocido como contribución o catastro. El IBI es una tasa anual dependiente de cada Ayuntamiento que grava la propiedad de un inmueble. En una transacción, el responsable de su abono es el vendedor, no obstante, este podrá repercutir al comprador la parte proporcional al tiempo que cada una de las partes haya disfrutado del mismo.

Pero, ¿Cuánto se paga por el IBI de una vivienda en Sevilla? ¿A qué deducciones podrán acceder los contribuyentes para ver aminorada la cantidad a desembolsar?

Cómo se calcula el IBI de una vivienda en Sevilla

La cuota íntegra del impuesto será el resultado de aplicar al valor catastral el tipo de gravamen correspondiente en función del tipo de inmueble. En Sevilla están vigentes los siguientes tipos:

  • Bienes Inmuebles de naturaleza rústica: 0,692%
  • Bienes Inmuebles de características especiales: 1,1385%
  • Bienes inmuebles de naturaleza urbana 0,7258%.

*Tipos de gravámenes actualizados para 2026.

Ejemplo IBI en Sevilla

Por ejemplo, si tenemos una vivienda con un valor catastral de 95.000 euros y el tipo de gravamen a aplicar es el 0,7258%, pagaremos por el IBI de nuestro inmueble 635,55 euros.

A la cuota íntegra se le deducirá el importe de las Bonificaciones que sean aplicables y obtendremos la Cuota Líquida, es decir, el importe que habrá que pagar.

¿Dónde encuentro el valor catastral?

Si no tienes claro cuál es el valor catastral de tu inmueble, puedes consultarlo en los siguientes puntos:

  • En tu declaración de la renta
  • En la sede electrónica del Catastro utilizando un certificado digital o DNIe
  • En los puntos de información catastral,
  • En la gerencia territorial que el Catastro tiene en la provincia de Sevilla, presentando la documentación que acredite que eres el titular del inmueble.

Bonificaciones del IBI en Sevilla

En cuanto a las bonificaciones que podrán disfrutar los contribuyentes para ver aminorada la cantidad a abonar por el IBI de una vivienda en Sevilla y que tengan que ver con un uso residencial de la misma, encontraríamos las siguientes:

Viviendas de protección oficial

Las viviendas de protección oficial y las viviendas protegidas podrán disfrutar de una bonificación en la cuota íntegra del IBI del 50% durante los tres periodos impositivos siguientes al otorgamiento de la calificación definitiva. Esta bonificación se mantendrá durante otros tres años más, momento en el cuál la bonificación pasará a ser del 30% durante otros tres años.

Viviendas de alquiler social

Las viviendas de alquiler social gestionadas por entidades de titularidad pública disfrutarán de una bonificación del 95%.

Familias numerosas

Los inmuebles que constituyan la vivienda habitual de familias numerosas podrán disfrutar de las siguientes bonificaciones en función del valor catastral de la misma y de la categoría reconocida de familia numerosa.

bonificaciones IBI Sevilla

Sistemas de aprovechamiento solar

Los inmuebles de uso residencial en los que se hayan instalado sistemas para el aprovechamiento térmico o eléctrico de la energía solar podrán disfrutar de una bonificación del 50% en la cuota íntegra del IBI durante los tres periodos impositivos siguientes a la instalación de tales sistemas.

Estas son las bonificaciones en el IBI en Sevilla que afectan directamente a viviendas de uso residencial. Si deseas conocer todas las bonificaciones existentes en esta ciudad, puedes echar un vistazo a la página del Ayuntamiento de Sevilla.

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El IBI es solo uno de los gastos recurrentes de tener una vivienda. Para no llevarte sorpresas fiscales, consulta también cómo calcular la Plusvalía Municipal en Sevilla si en algún momento decides vender, y revisa las deducciones por vivienda habitual en Andalucía disponibles en la declaración de la renta.

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Preguntas frecuentes

¿Cuánto se paga de IBI en Sevilla por un piso?

Depende del valor catastral del inmueble. El tipo general del IBI urbano en Sevilla para 2026 es del 0,7258%. Si tu piso tiene un valor catastral de 80.000 €, pagarías aproximadamente 580 € al año de IBI.

¿Cuándo se paga el IBI en Sevilla?

El IBI en Sevilla se puede pagar en un único recibo anual o fraccionado. El Ayuntamiento de Sevilla envía los recibos durante el segundo semestre del año. También es posible domiciliar el pago.

¿Quién paga el IBI cuando se vende un piso?

Según la jurisprudencia del Tribunal Supremo, el IBI debe repartirse proporcionalmente entre vendedor y comprador en función de los días que cada uno ha sido propietario. Lo habitual es pactarlo en la escritura de compraventa.

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Fernando Godoy